domingo, 24 de febrero de 2013

Sociedades de capital mixto: El abuso de una figura legal en la Municipalidad de Curridabat


Sobre las Sociedades Públicas de Economía Mixta (sociedades municipales de capital mixto) que pretende crear la Alcaldía Municipal


La alcaldía presenta una moción para crear sociedades público-privadas, para inmiscuirse en temas que ya tienen financiamiento e impuestos propias del gobierno central, en temas como Seguridad Ciudadana, EDUCACIÓN, SALUD y vivienda.

Hoy nuestra posición y voto negativo no puede ser justificado de igual forma por el fondo con el que de haberlo podido revisar mejor y con calma, como por la forma de la presentación de este informe y dictámenes de Comisión de Jurídicos.
Las sociedades de capital mixto son un instrumento para mejorar la calidad de vida y el acceso a servicios complementarios de las municipalidades, no una intromisión y un aislamiento en competencias que ya el estado central DEBE dar sin costo a todos los costarricenses.

Nos sorprende y generan dudas lo siguiente puntualmente:
  • ¿Por qué se despreció la propuesta de esta fracción, expresada en la sesión de comisión como consta en actas de esta, para dar mayor estudio a la propuesta, de cara al pueblo; en sesiones públicas en comisión y del pleno del Concejo, antes de votarla? ¿Por qué hacer que cosas buenas parezcan malas?
  • ¿Por qué se citó a una sesión extraordinaria al filo del tiempo mínimo lo que estipula la ley, de forma casi secreta y no como ha sido la costumbre en este concejo, de citar por acuerdo en la sesión ordinaria previa? ¿Será que no querían explicar ampliamente los verdaderos alcances de esta propuesta? ¿Será mala fe?
  • ¿Cuál es la necesidad de celeridad desmedida, de presentar una moción de este calibre y votarla en sólo 3 días y en una sesión de comisión y extraordinaria relámpagos?
  • ¿Saben ustedes compañeras y compañeros regidores quienes van a ser los socios propuestos de estas SPEM, o el capital social que deberá invertir la municipalidad en cada una, de las arcas públicas?
  • ¿Cómo una Municipalidad que le han sido improbados 2 de los últimos 4 presupuestos municipales, puede aventurarse a tomar decisiones en materias que no son de su competencia después de demostrar tal impericia?
  • ¿Cómo se asegura la despolitización de estas SPEM, si el Concejo ya no tiene poder de decisión sobre ellas una vez creadas, siendo el ALCALDE (figura política de elección popular) quien representará la mayoría del capital municipal siendo el que tiene TODO el control de la misma? (no hablo de forma personal del Sr. Mora Altamirano, sino de la figura que ocupe la alcaldía).
Dejamos claro lo siguiente, esta fracción del PLN NO está en contra de la figura de la Sociedades de Capital Mixto, siempre y cuando estas sean para atender servicios complementarios y no básicos, como la salud, la educación, la vivienda o la seguridad ciudadana, que son COMPETENCIAS propias, POR LEY, DEL ESTADO COSTARRICENSE, y un derecho de los ciudadanos, sean estas competencias y obligaciones del gobierno central o del gobierno local (municipalidad). Esto lo demuestra nuestra participación activa y voto favorable a la creación de la SPEM de Telecomunicaciones de Curridabat. Creo que interpretamos el espíritu de la ley de la SPEM, con esa decisión. Duramos tal vez un año definiendo la estrategia y los alcances de esta.

El uso de las SPEM no puede ser de tal manera que su figura sea el vehículo para eventualmente PRIVATIZAR los servicios básicos dentro del cantón de Curridabat, como el caso de los EBAIS.
Es preciso manifestarle al pueblo de Curridabat y a ustedes compañeras y compañeros, que las municipalidades SÍ tienen injerencia DIRECTA en estos temas sobre su territorio con otros instrumentos, a través de los CCCI (Comité Cantonal de Coordinación INTERINSTITUCIONAL), presidido por el alcalde municipal, precisamente para coordinar con los delegados cantonales de los entes rectores en esas materias en el cantón. El Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) nos da, por medio del decreto ejecutivo N 36004-PLAN Capítulo III, el instrumento legal para intervenir y mejorar estas áreas sin meternos a administrarlas, pues podemos pecar por impericia. LASTIMA QUE ESTO NO APLICA NI OPERA EN CURRIDABAT, o al menos este Concejo NUNCA ha recibido un informe de este tipo, en esta legislatura.

Esto nos lleva a la conclusión de cuestionar si esta es la mejor figura para una participación municipal en estos temas, o lo serán el mencionado comité o las alianzas con entes públicos y/o privados. PORQUE NO SE UTILIZAN MÉTODOS QUE NO LLEVEN A LA PRIVATIZACIÓN EVENTUALMENTE?

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